Solución para los psicólogos que no podían ejercer legalmente como sanitarios
Con la publicación hoy en el BOE- Disposición final octava. Modificación de la disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, los psicólogos habilitados podrán seguir ejerciendo en el ámbito sanitario sin haber realizado el Máster en Psicología General Sanitaria.
Tras las largas e intensas negociaciones llevadas a cabo por la Junta de Gobierno del COPCV y por el CGP, hoy tenemos que felicitarnos todos por los resultados obtenidos y comunicaros que con la publicación hoy en el BOE Disposición final octava. Modificación de la disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, se ha conseguido resolver la problemática existente para los profesionales que se encontraban en una situación de inseguridad jurídica, al no poder ejercer legalmente como sanitarios. Con esta Ley se ha obteniendo el reconocimiento como psicólogos sanitarios para aquellos psicólogos que a fecha 5/10/14, hayan obtenido la inscripción de la consulta de psicología en el registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Conselleria de Sanidad, pudiendo seguir ejerciendo actividades sanitarias con posterioridad a esa fecha y ser autorizados no solo en el centro sanitario en el que trabajen en la actualidad sino también en los que vaya a trabajar en próximos años.
Asimismo, reconoce la situación de aquellos profesionales de la Psicología que llevan años realizando actividades sanitarias en el Sistema Nacional de Salud (SNS) sin poseer el título de Especialistas en Psicología Clínica (PESTOS), permitiendo que puedan seguir ejerciendo en este ámbito sin necesidad de ostentar dicho título.
Es importante recordar para aquellos psicólogos que realizan tareas sanitarias y que todavía no han tramitado el registro de la consulta de psicología en el registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Conselleria de Sanidad, que para poder seguir realizando las funciones sanitarias deberán haber obtenido dicho registro con anterioridad al 5/10/14.
La Junta de Gobierno seguirá luchando por el reconocimiento del psicólogo en el ámbito sanitario.
Enlace BOE Disposición final octava. Modificación de la disposición adicional séptima de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, http://www.boe.es/boe/dias/2014/03/28/pdfs/BOE-A-2014-3329.pdf
Os facilitamos en el siguiente enlace la Disposición final octava que hace referencia a este hecho: https://www.cop-cv.org/db/cke_uploads/files/Disposici%C3%B3n%203329%20del%20BOE%20n%C3%BAm.%2076%20de%202014%20-%20BOE-A-2014-3329-2.pdf
Infocop Online también se hace eco de esta noticia: http://www.infocop.es/view_article.asp?id=5043&cat=9
