Con el objetivo de erradicar aquellas actividades que, amparadas bajo diversas denominaciones o etiquetas, constituyen prácticas encubiertas de intrusismo profesional en el ámbito de la Psicología, el Col·legi Oficial de Psicologia de la Comunitat Valenciana pone a disposición de sus colegiados y colegiadas así como de la ciudadanía, un buzón electrónico donde poder denunciar las situaciones de intrusismo profesional de las que tengan conocimiento.

Con esta iniciativa se persigue, tanto la defensa de la Psicología y los intereses profesionales de nuestros colegiados y colegiadas, como la protección de la sociedad frente a prácticas que pueden atentar gravemente contra la salud de las personas.

El artículo 5.c de la ley 6/1997, de 4 de diciembre, de Consejos y Colegios Profesionales, establece que una de las funciones de los colegios profesionales oficiales es la de ejercer las acciones que las leyes establezcan para evitar el intrusismo, sin perjuicio de las actuaciones de inspección y/o sanción a las que están obligadas las administraciones públicas.

¿Cómo podemos defender la profesión y evitar el intrusismo?
 
  • Estando colegiados/as. Según la normativa vigente es requisito indispensable para el ejercicio de las profesiones, en cualquier ámbito profesional, hallarse incorporado al Colegio Profesional correspondiente.
  • Realizando una correcta presentación: nombre, titulación y número de colegiado que nos identifique como profesionales en cualquier formato (informes, web, redes sociales, placas en el domicilio, publicaciones, etc.).
  • Uso de la Imagen Profesional facilitada por el COPCV a la que se puede acceder a través del Área Personal.
  • Facilitar a nuestros usuarios los medios para comprobar que se es un profesional colegiado.
  • Cuando se trate de un centro en el que haya un equipo de profesionales, todos y cada uno de ellos tendrán que estar debidamente identificados con su titulación y número de colegiado.
  • Cumpliendo el Código Deontológico y velando por la calidad de la propia intervención.
  • Denunciando el intrusismo profesional, ya que es un acto que constituye un delito tipificado en el Código Penal, artículo 403.

Pulse aquí para presentar una denuncia por intrusismo profesional