COORDINACIÓN DE PARENTALIDAD - NIVEL INTRODUCTORIO
Datos básicos | |
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Tipo | Taller |
Área | Jurídica |
Sede | Sede de Castellón - Calle San José, 2 bajo / Esq. San Félix, 16 - 12004 Castellón (Castellón) |
Inicio | 13 de abril de 2018 |
Datos de matriculación | |
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Colegiados | 30 € |
Objetivos
El psicólogo que ejerce la coordinación de parentalidad tiene que tener formación y experiencia en alta conflictividad post-ruptura de pareja, coparentalidad, violencia doméstica y familiar, conocimientos y experiencia en mediación y gestión de conflictos familiares, conocimientos jurídicos y competencias específicas en el proceso de coordinación de parentalidad.
Los participantes podrán:
• Aprender qué es la coordinación de parentalidad y sus orígenes
• Distinguir el rol del coordinador de parentalidad de los otros roles del psicólogo
• Establecer el marco para el ejercicio de la coordinación de parentalidad
Contenidos
- Qué es y qué no es
- Tipos de disputas coparentales
- Contrato: aspectos generales, confidencialidad, capacidad de decisión, etc.
- Protocolos para iniciar casos de coordinación de parentalidad
- Casos apropiados y no apropiados para la coordinación de parentalidad
Usuarios de la coordinación de parentalidad
- Alta conflictividad
- Tipo de coparentalidad
- Coparentalidad conflictiva
- Psicopatología y alta conflictividad
El rol del/la CP
- Diferencias con otros roles
- Funciones
- Resoluciones judiciales de designación de coordinación de parentalidad
- Dilemas éticos
El proceso de coordinación de parentalidad
- Fases e intervenciones.
Trabajar con el sistema legal
- Comunicación con el juzgado
- Autoridad del CP (capacidad de decisión)
- Confidencialidad
- Relación con los abogados
Metodología
Profesorado
Dirigido a
Nivel
Duración
Fechas y horarios
Lugar de Realización:
Las actividades tendrán un mínimo y un máximo de plazas. Si no se llega al mínimo previsto, el Colegio podrá suspender la actividad, siendo éste el único caso en que se efectuará la devolución del importe abonado.
Todas las actividades tendrán un justificante que acredite la asistencia al mismo por parte del alumno, siendo necesario haber cumplido el 80% de asistencia al mismo. Las justificaciones podrán prorratearse por horas, siguiendo el criterio que así marque la Junta.