Registro público de Psicólogos/as mediadores del COPCV
Requisitos y legislación aplicable.
REGISTRO PÚBLICO DE PSICÓLOGOS MEDIADORES DEL COPCV
Como sabrás por la información que hemos remitido a través de la Unidad de Atención Colegial (UAC), se va a abrir el registro público de psicólogos mediadores del COPCV.
Los requisitos legales necesarios para pertenecer al registro son:
- Certificado de colegiación en el Col·legi Oficial de Psicòlegs de la Comunitat Valenciana, y estar al corriente del abono de las cuotas colegiales.
- Titulación específica de mediación, según lo que se establece en el capítulo II del R.D. 980/2013, por el que se desarrollan determinados aspectos de la Ley 5/2012.
- Tener póliza contratada de seguro de responsabilidad civil profesional.
- No tener expediente disciplinario abierto.
Si estás interesado en inscribirte, sólo es preciso que realices la solicitud online y adjuntes documento escaneado de la Titulación específica de mediación, para lo cual tienes que entrar en el Área Personal de Colegiado https://www.cop-cv.org/ventanilla-unica/area-reservada-a-colegiados/mediadores.
La documentación original debe de ser presentada en Secretaría para su cotejo, siendo necesario solicitar cita previa.
El resto de documentos no es necesario aportarlos, dado que constan en secretaría del COPCV.
Recuerda que según la normativa vigente, debes tener suscrita una póliza de responsabilidad civil, en el caso de que no la tengas, y desees obtener la misma a través del COPCV, te recuerdo que ésta es gratuita para todos los colegiados abonando únicamente los gastos de gestión. Si tienes una póliza tramitada con otras aseguradoras deberás adjuntar el contrato de seguro y justificante de pago del último recibo.
LEGISLACIÓN APLICABLE