Alternativas para acabar con el internamiento involuntario en salud mental

Según un informe de un informe desarrollado por un equipo del Instituto de Derechos Humanos Gregorio Peces-Barba de la Universidad Carlos III de Madrid y promovido por la Confederación SALUD MENTAL ESPAÑA.

Entre las formas más extendidas de privación de la libertad específicas para las personas con discapacidad se encuentra el internamiento forzoso o involuntario en centros de salud mental o en instituciones asistenciales, una medida que se justifica, habitualmente, en la protección de las propias personas con discapacidad, en la atención de sus necesidades médicas y/o de cuidado o en la protección de los derechos de terceras personas.

Así lo afirma un informe realizado en el marco del proyecto “Los internamientos involuntarios a la luz de la convención sobre los derechos de las personas con discapacidad: implicaciones para el ordenamiento jurídico español”, desarrollado por un equipo del Instituto de Derechos Humanos Gregorio Peces-Barba de la Universidad Carlos III de Madrid y promovido por la Confederación SALUD MENTAL ESPAÑA.

El objetivo de este documento es promover que se termine con todos los automatismos en la atención a la salud mental que supongan una vulneración de derechos, fomentando que haya cauces para que las personas puedan decidir cómo quieren ser tratadas en un entorno sanitario, de atención y cuidados, en línea con la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad (CDPD).

Tal y como advierten los autores del informe, las personas con discapacidad suelen estar sobrerrepresentadas en los entornos generales u ordinarios de privación de la libertad, entre ellos, en las prisiones o en los centros de internamiento de personas extranjeras. Asimismo, “se ven sometidas a regímenes particulares de privación de la libertad específicamente diseñados para ellas”.

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