Entra en vigor la Ley 4/2026 sobre derechos de las personas con discapacidad y el sistema de autonomía y dependencia
El COPCV informa a sus colegiados y colegiadas sobre esta reforma con incidencia en ámbitos de ejercicio profesional por sus novedades en materia de discapacidad, dependencia, autonomía y atención comunitaria en salud mental.
Mañana, 23 de octubre de 2026, entra en vigor la Ley 4/2026, publicada en el BOE el 3 de octubre, por la que se modifican el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, y la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, para la extensión y refuerzo de los derechos de las personas con discapacidad a la inclusión, la autonomía y la accesibilidad universal conforme al artículo 49 de la Constitución Española.
Informamos a nuestros colegiados y colegiadas dada la importancia que estas modificaciones pueden tener en su desarrollo profesional, especialmente en las áreas de la Psicología de la Intervención Social y Psicología Clínica y Sanitaria, ya que tiene efecto en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, aborda asuntos sobre igualdad, discapacidad, y salud mental, entre otros.
El Texto refundido, se estructura en un preámbulo, dos artículos, veinticinco disposiciones adicionales, una disposición transitoria y veintiocho disposiciones finales. Se ha añadido un nuevo artículo, el ‘13 bis. Atención integral y comunitaria en materia de salud mental’. La Sociedad Española de Psiquiatría y Salud Mental (SEPSM) ha publicado un comunicado denunciando que, con este artículo, se “modifica de forma sustancial los criterios del ingreso psiquiátrico involuntario, sin que se haya realizado un debate con el tiempo suficiente”.
El Ministerio de Sanidad por su parte, ha dado respuesta a través de la comisionada de salud mental, Belén González, la cual ha explicado que la ley no elimina los internamientos no voluntarios, sino que aporta más “garantías” y ha anunciado que el Ministerio ha abierto una consulta pública previa que desarrollará reglamentariamente el artículo 13 bis de la citada ley, para “recabar la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectados por la futura norma” y “facilitar la aplicación de las garantías legales relativas al consentimiento informado y los apoyos para la toma de decisiones, las actuaciones en situaciones de urgencia y el uso excepcional de medidas de contención, entre otros aspectos” dado que “la falta de desarrollo reglamentario puede generar interpretaciones dispares y dificultades en la implementación efectiva de las garantías previstas en la ley”. La consulta estará abierta hasta el 6 de noviembre.
