Unión Profesional de València, asegura que la modificación de la Ley de Consejos y Colegios Profesionales garantiza la calidad de los servicios

Supone, han manifestado en rueda de prensa, “un paso más en la lucha contra el intrusismo profesional”.

El pasado 22 de febrero, el pleno de Les Corts aprobaba por unanimidad la Proposición de Ley que modifica el artículo 21 de la Ley 6/1997, de Consejos y Colegios Profesionales de la Comunidad Valenciana, con el objetivo de dar un paso más en la lucha contra el intrusismo. En este sentido, la aprobación de la Ley 4/2019 supone un paso positivo para la actividad colegial y las garantías que desde los colegios se ofrece a la sociedad valenciana de la excelencia de sus profesionales colegiales.

Unión Profesional de Valencia (UPV), como asociación que representa a 40 colegios profesionales de la provincia de Valencia con más de 90.000 colegiados, ha impulsado esta Ley por poner en valor la labor de los colegios profesionales. Asimismo, UPV valora la aprobación de la misma por unanimidad de todos los partidos políticos, hecho que expresa con claridad la voluntad política de velar por el interés común de todos los valencianos.

Esta Ley supone una paso más en la lucha contra el intrusismo profesional, al tipificar por primera vez como una falta muy grave la omisión de la colegiación para aquellas profesiones reguladas y legitimar al mismo tiempo a la Generalitat Valenciana para sancionar a quienes teniendo la obligación de estar colegiados, omitan este deber.

Auxiliadora Borja, Presidenta de la Unión, ha afirmado durante la rueda de prensa celebrada el 6 de marzo, que además, la modificación de la norma “respalda la importancia de estar colegiado/a. La colegiación implica que se debe de cumplir con un código deontológico que aporta integridad y garantía a la ciudadanía, que existe una póliza de responsabilidad civil, y que los profesionales tienen a su alcance formación continua que les permite estar en mejora constante”. Por su parte, Angélica Gómez, Secretaria de la UPV, ha destacado la importancia de que la sociedad conozca las garantías implícitas en la colegiación.  

La reciente reforma añade un apartado a la disposición con el fin de sancionar económicamente aquellos supuestos en los que un profesional que tiene la obligación de estar colegiado para ejercer su profesión conforme a la ley estatal de colegios profesionales, incumpla este requisito. Asimismo, la modificación también afecta a aquellos profesionales que, estando colegiados, sean suspendidos en el ejercicio de su profesión por haber infringido alguna norma, y pese a ello continúen ejerciendo sus funciones. La Ley involucra no solo a los profesionales sino a las empresas y entes que los contraten. Las sanciones económicas previstas para cualquiera de los dos supuestos oscilan entre los 5.001 y los 150.000 euros.



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