Diploma de acreditación en el área funcional de Cuidados Paliativos (DA CP) y su desarrollo e implementación en las Comunidades Autónomas
Comunicado del Consejo General de la Psicología de España.
En diciembre de 2023, tras acuerdo del Consejo Interterritorial, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Orden SND/1427/2023, del Ministerio de Sanidad, sobre la creación de Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos, la cual supuso un primer paso en el reconocimiento del área de los Cuidados Paliativos, incluyendo la Psicología entre las disciplinas que participan de su implementación.
Desde el Consejo General de la Psicología, al igual que desde importantes sociedades científicas, la Conferencia de Decanos y Decanas de Psicología de las Universidades Españolas (CDPUE) y numerosos colectivos de pacientes y familiares, abogamos por la creación de la especialidad de Psicooncología y Psicología Paliativa (Criterios para la creación de la especialidad) acogimos dicha publicación de forma positiva, entendiéndolo como un primer paso importante para el reconocimiento de la especialidad.
A la luz del actual desarrollo de dichos diplomas por parte de las Comunidades Autónomas, el Consejo General de la Psicología de España traslada algunas apreciaciones para el correcto desarrollo de la acreditación de las y los profesionales tanto a nivel general como de la Psicología en particular:
1. Se permite la certificación de la experiencia laboral por parte de entidades privadas si el centro está reconocido por la CC.AA. correspondiente (U.67 en el caso de Cuidados Paliativos siendo de aplicación a entidades tanto públicas como privadas: art 1.2. RD 639/2015).
2. Consideramos imprescindible la presencia de profesionales con experiencia y recorrido específico en Cuidados Paliativos en la Comisiones Autonómicas que realicen las valoraciones de dichas solicitudes de acreditación. Es decir, que las personas que formen parte de las comisiones cumplan los propios requisitos de dicho DA en CP.
Es importante la especificación de médicas/os, enfermeras/os y fisioterapeutas psicólogas/os paliativistas en dicha comisión, ya que, como bien sabemos, los matices, aspectos concretos, derivados de los ámbitos de atención paliativa, etc. son importantes y es fundamental el dominio de ello. Dicho conjunto de profesionales debiera cumplir los propios criterios del DA en CP, por razones obvias, como mínimo. Los Colegios Oficiales de Psicología de cada territorio ofrecen su plena disposición a colaborar en dicho aspecto en lo que a propuesta de profesionales de la psicología paliativa de reconocido prestigio se refiere.
Aspectos importantes de la Psicología (tanto de clínica como General Sanitaria):
3. Vía excepcional: para la valoración del requisito B (título de Máster o Experto en Cuidados Paliativos) se deben tener en cuenta los contenidos y créditos relacionados con las competencias profesionales en cuidados paliativos que compongan cada titulación y que su valoración no se atenga únicamente a la denominación de los mismos. Es decir, que en la valoración de los títulos se aprecien aquellos que tengan un mínimo de créditos (en consonancia con lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad) de contenidos relacionados con dichos dominios y áreas.
Ello reviste una gran importancia, ya que gran cantidad de profesionales de la psicología paliativa han recibido formación de posgrado en titulaciones de Psicooncología y Cuidados Paliativos, atención psicosocial a personas con enfermedades avanzadas y familiares, etc., cuyos contenidos tienen mayor especificidad para la praxis de la psicología a paliativa que otras formaciones multidisciplinares médico-enfermeras (que sí reciben la denominación genérica de cuidados paliativos) y están plenamente relacionadas con los dominios-áreas de los cuidados paliativos propios de la psicología (señalados en la propia Orden Ministerial). Pero si nos atenemos únicamente a la denominación del mismo, pudiesen ser denegados. De este modo, reiteramos la importancia de este punto en las valoraciones de las solicitudes. Si no, puede darse el caso de que profesionales con amplia experiencia y recorrido en la psicología a paliativa, así como con formación específica para ello, no puedan optar por esta vía y se vean avocadas/os a realizar varias formaciones de las exigidas por la vía ordinaria, que ya posean, pero realizadas desde hace más de 5 años, al ser incluso de contenidos ya básicos para su grado de experiencia y conocimiento.
4. Vía ordinaria: para el requisito B (formación continuada) consideramos que la Acreditación en Psicooncología y/o Psicología en Cuidados Paliativos del Consejo de la Psicología de España (en sus modalidades de Psicooncología y Psicología en Cuidados Paliativos o de Psicología en Cuidados Paliativos -nunca de Psicooncología sola-), supone un grado superior al nivel exigido por los requisitos de esta vía, por lo que debiera ser reconocido dicho requisito de formación continuada por esta vía a las y los profesionales de la Psicología solicitantes, que posean dicha acreditación del COP en los términos indicados.
Todos estos aspectos son de alta importancia para la acreditación tanto de profesionales especialistas en Psicología Clínica como para Generales Sanitarios/as, ya que afectan a ambas por igual.
En el caso de no tener en cuenta los mismos, podríamos encontrarnos una bajísima casuística de profesionales de la psicología paliativa con el reconocimiento de dicho DA en CP, aun siendo referentes en España en estas áreas, yendo dicha derivada en detrimento del merecido reconocimiento de estás y estos profesionales que realizan su continua labor en favor de quienes se encuentran en situaciones de tan alta fragilidad y vulnerabilidad, con las más altas cotas de formación, experiencia y profesionalidad.
Para más información: Consejo General de la Psicología de España.
Información relacionada:
Creación de Diplomas de Acreditación en el Área Funcional de Paliativos (Infocop)